LA ESCUELA FUNCIONALISTA EN LA DOGMÁTICA PENAL (GÜNTHER JAKOBS)
Después de la obra de Hans Welzel, no se había construido un nuevo sistema de derecho penal. Esta tarea la inicia el más importante de sus discípulos Günther Jakobs, quien en el año 1983, en el prólogo a la primera edición de su tratado de parte general, señala los lineamientos de una obra que rompe definitivamente con la escuela finalista de Welzel. Contrario a ella, Jakobs encuentra que la elaboración de las categorías dogmáticas no puede hacerse con base en una fundamentación ontológica del derecho. Jakobs, descubrió que el injusto y la culpabilidad no se inferían de estructuras lógico-objetivas, preexistentes, que vinculen la libertad de configuración del legislador. Jakobs estableció que, el contenido de los elementos de la teoría del delito depende de los fines (del derecho, no de la conducta del individuo) y funciones que cumple el derecho, consistentes en garantizar la identidad de una sociedad. Esto significa entonces, que se trata de conceptos normativos edificados con total ...