SOLICITUD DE EXPERTICIA DE EXTRACCIÓN Y ANÁLISIS DE CONTENIDO

                                                                                                 Referencia: MP-xxxxxx-2020

Ciudadano
Fiscal Quincuagésimo Cuarto (54°) del Ministerio Público
del Área Metropolitana de Caracas
Su Despacho.-




Quien suscribe, JESÚS ALBERTO RODRÍGUEZ MERENTES, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-11.199.023, abogado en el libre ejercicio del la profesión, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número de matrícula 191.033, con domicilio procesal en la Ciudad de Caracas, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, teléfono 0424-194-04-41 y 0412-785-56-85, correo electrónico: jesusmerent@gmail.com, actuando en este acto en mi carácter de defensor de la ciudadana xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-xx.xxx.xxx, a quien ese Despacho Fiscal le sigue investigación N.º MP-xxxxxx-2020, por la presunta comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado en el artículo 462, del Código Penal venezolano, ocurro a usted como un acto propio de defensa de mi representada en esta fase del proceso, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 26 y 49 de nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 127 numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de consignar equipo telefónico celular propiedad de la investigada con las siguientes características: Marca: Motorola, Modelo: moto g (7) plus, IMEI: xxxxxxxxxxxxxxx, Color: Azul marino perlado, Batería: integrada; para que se sirva, cumpliendo el procedimiento de obtención por consignación establecido en el Manual Único de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas, instruir a la División de Análisis de Tecnologías de la Información (DASTI) del Ministerio Público, realice experticia de extracción y análisis de contenido (mensajes escritos, imágenes y audios) de la aplicación de mensajería instantánea Whatsapp Business, en particular conversación sostenida con el contacto denominado “ING Carlos Hernández” cuyo número de contacto es “+593995830977” desde la fecha 15 de mayo de 2020, desde 8:49 horas a.m., hasta el 20 de noviembre de 2020, a las 10:40 horas a.m., y una vez realizada la experticia sea devuelto el equipo telefónico a mi defendida previa solicitud.


Dicho contenido, guarda relación con las actas procesales N.º MP-xxxxxx-2020, llevada en ese despacho Fiscal, el cual son útiles: por cuanto resulta importante para esta defensa toda la información contenida en busca de establecer la verdad de los hechos y así poder desvirtuar la imputación que recae sobre mi defendida, necesarias: por cuanto la resolución judicial a que se arribe debe fundamentarse en pruebas tanto aportadas por el Ministerio Público como las promovidas por la defensa bajo el principio de igualdad de las partes y pertinentes: por cuanto con la conclusión del dictamen pericial, esta defensa pretende demostrar que la conducta de mi defendida ha resultado inocua, no relevante para el derecho penal al obrar sin conocimiento de los hechos investigados bajo la protección de la prohibición de regreso implicando que no se puede responsabilizar a una persona por un ilícito que causó o favoreció en su comisión mediante un comportamiento gestado como parte de su rol social, a pesar que el otro sujeto emplee esa conducta en su beneficio concediéndole un sentido delictivo.


Para los efectos de notificación sobre la decisión que a bien tenga tomar ese Despacho Fiscal en cuanto a la presente solicitud y motivado a las circunstancias excepcionales ocasionadas por la pandemia de Covid-19, puede hacerlo a través del correo: jesusmerent@gmail.com, salvo mejor criterio de ese Despacho.

En espera de un acto de Justicia por parte de ese Despacho Fiscal, en la ciudad de Caracas, a la fecha de su presentación.-





Abogado defensor.

JESÚS ALBERTO RODRÍGUEZ MERENTES

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