Técnicas para litigar en el proceso penal (Apertura de Juicio)
Ya hemos analizados dos (02) de las audiencias orales que se dan la litigación penal como lo es: La Audiencia de Presentación y Preliminar, llegamos ahora a la crucial: LA AUDIENCIA DE JUICIO, contemplando cuatro (04) momentos orales fundamentales: 1.- APERTURA, 2.- INTERROGATORIOS y CONTRAINTERROGATORIO, 3.- CLAUSURA, 4.- REPLICA y LA CONTRARRÉPLICA.
En
todos los casos el defensor deberá diseñar estratégicamente sus
alegatos, comprendiendo que estos momentos no constituyen mera retorica
sino una verdadera labor seria que marcara el éxito o el fracaso de su
caso, es por eso que se detallaran cada uno de ellos.
La
apertura constituye para el defensor el acto en el cual se presenta
formalmente “Su teoría de caso”, para el desarrollo del juicio sobre las
bases de las pruebas que han sido oportunamente ofrecidas y admitidas.
Es preciso, que se debe tener presente la idoneidad y asertividad de los
alegatos depende fundamentalmente de que el defensor tenga AMPLIO CONOCIMIENTO DE “LA PELICULA” (teoría del caso), se facilita cuando desde el inicio se ha trabajado en el caso.
Nancy
Granadillo nos dice “El conocimiento que se exige en esta etapa no es
mero capricho, sino que constituye la esencia fundamental para diseñar
los alegatos de juicio con la mayor asertividad e idoneidad, ya que
finalmente esta labor tiene como objetivo primordial acreditar la CREDEBILIDAD de cada una de las partes.”
Si
tengo conocimiento del caso no tendré problema de presentarle al
tribunal mi teoría del caso posible y creíble, conforme a los elementos
de convicción que existen en el expediente y serán evacuados en el
trascurso de la plenaria. Error seria generar al tribunal mayores
expectativas de las que realmente pueda arrojar el debate.
Vale
ilustrar, como ejemplo: en un caso de Homicidio, consumado en una
fiesta, en presencia de todos los invitados y el acusado es aprehendido
en flagrancia; en este supuesto mal podría la defensa presentar su
alegato de apertura planteando ante el tribunal que el acusado no lo
hizo, pues su conocimiento de los hechos como defensor debe arrojarle
que hay múltiples testigos que lo identificaran en juicio como el autor,
por lo tanto pierde credibilidad tal defensor ante cualquier otro
alegato que posteriormente quisiera presentar para su teoría del caso
(alguna causa de justificación prevista en el código Penal) si al inicio
ha propuesto una expectativa que no es posible probar y, por ende no es
creíble.
Se
debe evitar en la apertura emitir opiniones sobre los hechos, u otras
referencias personales ya que no aportaría información relevante del
caso y divagaría, confundirían la tesis planteada, se debe desmenuzar
los hechos debidamente conectados con los elementos de convicción y
desconectarlo de los elementos del fiscal. Debiendo estructurarse de la
siguiente manera: 1.- Señalar solo mis hechos principales 2.-
Vincularlas con los elemento que poseo 3.- Que sea creíble y demostrado
(no exagerar) 4.-Presentar porque los elementos del fiscal no están
vinculado con nuestro cliente. 5.- Mostrarle al tribunal las debilidades
de la acusación fiscal (No tiene Teoría del caso, las pruebas son
nulas, Malos procedimientos policiales, violaciones de las normas
constitucionales, entre otras).
De
modo que el tribunal de Juicio, tendrá mayor perspectiva y conexión con
el defensor a medida que este le sea sincero, cuando demuestre que se
conoce el caso, cultivando la confianza en el juez o jueces, mostrando
respeto a las partes; y únicamente hace valer argumentos creíbles
apoyados por los hechos y la ley.
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