Técnicas para litigar en el proceso penal (Clausura del Juicio)
El
Juicio oral es un proceso dinámico, sistemático que se basa bajo los
principios de Oralidad, Publicidad, Inmediación, Concentración,
Contradicción y Finalidad del Proceso (establecer la verdad de los
hechos), la no existencia de estos, estaría viciada de nulidad.
Hecha
la observación anterior, es preciso recordar que los anteriores
artículos, ya nos hemos paseado por las distintas audiencias orales
(Presentación, Audiencia Preliminar, Apertura del juicio, Interrogatorio
y contrainterrogatorio) y ahora llegamos a la decisiva, LA CLAUSURA DEL JUICIO.
Momento mas tenso, emocionante, apasionante de cualquier defensor
penal, tu corazón late más deprisa y tu respiración se acelera, solo la
convicción de que has hecho un buen trabajo es la que te tranquiliza.
Entrando
en el área de estudio, en el Juicio Oral y Publico, terminado la
recepción de prueba el Juez (a), da inicio a las conclusiones en primer
lugar le corresponde al Ministerio Publico a explanar sus alegatos de
clausura, luego el DEFENSOR, de manera respetuosa dará sus conclusiones en concordancia con la TEORÍA DEL CASO,
acreditando la veracidad de los alegatos de apertura, dará un resumen
sobre los elementos que indubitablemente arrojo el debate durante el
juicio permitiendo acreditar o desvirtuar el planteamiento inicial, debe
tener una perfecta coherencia en lo que ofrecí en la apertura y lo que
demostré en el juicio si tengo esto, poseo una conclusión exitosa.
En
este mismo orden y dirección, los alegatos de clausura no deben ser
genéricas, ni redundar en meras referencias desvinculadas del caso en
concreto o del acusado, ya que es el momento en el cual se debe ser OBJETIVO, se debe abstener de incorporar opiniones personales sobre los hechos o comentarios subjetivos, por lo tanto debe ser PERSUASIVO Y CONVINCENTE.
Con
respecto a este particular, una de las estrategias en el diseño de los
alegatos de clausura consiste en la incorporación de preguntas retóricas
que motive al auditorio a producir una respuesta mental, ¿REALMENTE ESTAMOS ANTE EL CULPABLE DE UN DELITO? ¿PUDO EL MINISTERIO PUBLICO DEMOSTRAR LA CULPABILIDAD?; ¿SI CUALQUIERA DE NOSOTROS HUBIERA ESTADO EN SU POSICIÓN HABRÍAMOS HECHO LO MISMO PARA SALVAR LA VIDA DE NUESTRO HIJO?; este
tipo de preguntas le dan mayor fuerza al argumento expuesto procurando
una empatia directa con las personas que perciben el discurso.
Otras
estrategias que podrían plantear un defensor es resaltar las
debilidades presentadas por el Fiscal, enfatizando aquellas que fueron
ofrecidas por el fiscal durante la apertura y las que no pudo acreditar
durante el debate probatorio. Igualmente se le puede presentar al
tribunal una perspectiva, es decir una visión a futuro de lo que podría
traerles el destino si toman la decisión de hacer lo que estamos
sugiriendo.
La Dra. NANCY GRANADILLO reitera en su libro*, el punto de VITAL IMPORTANCIA es “LA TEORÍA DEL CASO” como
base fundamental del buen litigio, toda vez que el defensor que
establezca la teoría del caso alcanza un mejor litigio en los asuntos
bajo su responsabilidad quien cualquiera de las etapas procesales que le
corresponda y con ello podrá obtener mas altas probabilidades de
resultados favorables.
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